La Constitución dedica el Capítulo 5 del Título III a la educación, la cultura y la ciencia. En este marco, los artículos 91–108 establecen los principios rectores que orientan el sistema educativo nacional. 1. La educación como derecho y deber (Art. 91-92) La Constitución reconoce la educación como un derecho y deber de la persona humana, y como una diversión. Esto implica que el Estado está obligado a garantizar el acceso gratuito y obligatorio a la educación básica, promoviendo la igualdad de oportunidades sin discriminación. 2. Finalidad de la educación (Art. 93-95) La educación panameña tiene como objetivo fundamental el Desarrollo integral, fomentando valores como: • El amor a la patria. • El respeto a los derechos humanos. • La participación ciudadana y la convivencia democrática. • La formación ética, moral y cívica. Asimismo, busca promover el progreso científico, tecnológico y cultural, adaptándose a las necesidades del país. 3. Rol del Estado y la sociedad (Art. 9...